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Nuevo arraigo socioformativo en España 2025: sustituto del arraigo para la formación y mucho más flexible

Analizamos el nuevo arraigo socioformativo que sustituye al arraigo para la formación: requisitos básicos, tipos de estudios válidos, cómputo del tiempo de asilo y oportunidades de regularización en 2025.

Analizamos el nuevo arraigo socioformativo que sustituye al arraigo para la formación: requisitos básicos, tipos de estudios válidos, cómputo del tiempo de asilo y oportunidades de regularización en 2025.

Noviembre de 2025 confirma uno de los cambios más importantes del nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024): el nacimiento del arraigo socioformativo, que sustituye al antiguo arraigo para la formación y abre la puerta a muchas más personas que antes quedaban fuera del sistema.

En esta noticia te explicamos, en lenguaje claro, qué es el nuevo arraigo socioformativo, en qué mejora al antiguo arraigo para la formación, qué estudios cuentan como válidos y por qué es una oportunidad clave de regularización si llevas tiempo en España sin papeles o con una solicitud de asilo denegada.

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1. ¿Qué es el nuevo arraigo socioformativo?

El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras que ya llevan tiempo en España regularizar su situación a través de un itinerario formativo y de inserción laboral.

Esta figura:

  • Nace con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024).
  • Se desarrolla y aclara en la Instrucción SEM 1/2025.
  • Sustituye al antiguo arraigo para la formación, que estaba pensado de forma más rígida y limitada.

La idea de fondo es clara: si una persona ha demostrado arraigo real en España y está dispuesta a formarse para integrarse en el mercado laboral, el ordenamiento le ofrece una vía de residencia legal.


2. Principales cambios respecto al antiguo arraigo para la formación

El arraigo socioformativo nace para corregir los problemas prácticos del antiguo arraigo para la formación. Las novedades clave son:

  • Más tipos de estudios válidos
    Ya no se limita casi exclusivamente a Formación Profesional reglada o a determinados Certificados de Profesionalidad difíciles de alcanzar para muchos perfiles.

  • Enfoque “socioformativo” real
    Se aceptan itinerarios formativos más básicos (por ejemplo, educación de adultos) que permiten a personas con bajo nivel de estudios o sin la ESO iniciar un camino realista hacia la regularización.

  • Mayor conexión con el empleo
    Se abre la puerta a formación vinculada a ocupaciones de difícil cobertura o a necesidades reales del mercado laboral (formación SEPE, certificados profesionales de distintos niveles, etc.).

  • Claridad administrativa
    La Instrucción SEM 1/2025 aclara expresamente qué se entiende por formación válida, reduciendo la discrecionalidad de cada Oficina de Extranjería.

En resumen: el nuevo arraigo socioformativo mantiene la lógica del antiguo arraigo para la formación (permanencia + compromiso de formarse), pero con unas reglas mucho más flexibles y adaptadas a la realidad social.


3. ¿Quién puede solicitar el arraigo socioformativo? (perfil básico)

Aunque cada expediente hay que verlo caso por caso, el perfil típico que puede optar al nuevo arraigo socioformativo en 2025 es el de una persona que:

  • Lleva al menos 2 años viviendo en España de forma continuada.
    • En muchos supuestos, este tiempo incluye periodos con solicitud de asilo (ver apartado 5).
  • Se encuentra en situación irregular o con una autorización próxima a extinguirse, pero con arraigo real en el país.
  • No tiene antecedentes penales en España ni en su país de origen (o los tiene ya cancelados).
  • Está dispuesta a matricularse y seguir una formación concreta (no vale un compromiso genérico).
  • Puede demostrar una mínima estabilidad en España (empadronamiento, vínculos, participación en la vida social, etc.).

Como siempre en extranjería, estos requisitos son orientativos: la norma establece un marco general y las Oficinas de Extranjería aplican criterios que conviene revisar con detalle antes de presentar la solicitud.


4. ¿Qué formación cuenta como válida en 2025?

Esta es la gran pregunta y la gran novedad. La Instrucción SEM 1/2025 y la práctica de noviembre de 2025 confirman que, además de la FP clásica, el arraigo socioformativo acepta un abanico de estudios mucho más amplio.

Entre otros, se consideran formación válida:

  • Certificados de Profesionalidad de Nivel 1, 2 y 3

    • Incluidos los de nivel 1, que son accesibles para personas sin estudios previos o sin titulación oficial.
    • Es clave elegir certificados que realmente tengan salida laboral.
  • Educación de Personas Adultas (EPA)

    • Enseñanzas obligatorias dentro de la educación para adultos, por ejemplo, la ESO para personas adultas.
    • Es una opción muy interesante para quienes no terminaron la educación obligatoria y necesitan ese título para acceder luego a otros estudios o empleos.
  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo (SEPE y autonómicos)

    • Cursos orientados a ocupaciones de difícil cobertura o sectores con necesidad de mano de obra (hostelería, logística, cuidados, etc.).
    • Suelen ser gratuitos y compatibles con otras obligaciones.
  • Formación Profesional reglada (FP Básica, Medio, Superior)

    • Siguen siendo válidas las FP de siempre, pero ya no son la única opción.
  • Microcredenciales universitarias

    • Pequeños módulos o certificados universitarios con contenido profesionalizante.
    • La práctica muestra cierto margen de discrecionalidad según la universidad y la Oficina de Extranjería, por lo que conviene analizar cada caso.

Esta apertura es fundamental: personas que antes no podían acceder al arraigo para la formación (por su nivel académico o por los requisitos de los centros) ahora pueden trazar un itinerario escalonado: educación básica de adultos → formación profesional o cursos SEPE → empleo.


5. Novedad clave: el tiempo de asilo cuenta para el arraigo socioformativo

Una de las decisiones más importantes de 2025 es el Criterio Ampliatorio de la DGGM que aclara que el tiempo transcurrido en España como solicitante de protección internacional (tarjeta roja/blanca) sí cuenta para los requisitos de arraigo, incluido el arraigo socioformativo.

¿Qué pasaba antes?

Muchas Oficinas de Extranjería entendían que ese tiempo:

  • No era estancia irregular (porque la persona tenía documentación de solicitante de asilo),
  • Pero tampoco era residencia legal.

Resultado: ese periodo no contaba ni para 2 años de arraigo socioformativo ni para 3 años de arraigo social. Era un limbo jurídico.

¿Qué pasa desde 2025?

La DGGM aclara que:

  • Si el asilo se deniega o la persona desiste,
  • Todo el tiempo transcurrido en España con tarjeta de solicitante se suma como permanencia continuada a efectos de arraigo.

En la práctica, esto supone que:

  • Un solicitante de asilo que lleva 2 años en España y recibe una denegación puede, en muchos casos, pasar directamente a un arraigo socioformativo si cumple el resto de requisitos (formación, antecedentes, etc.).
  • No tiene que “empezar de cero” ni esperar otros 2–3 años para acumular tiempo.

Para colectivos como venezolanos, colombianos u otras nacionalidades con muchos rechazos de asilo, esta doctrina es una vía de salida inmediata hacia la residencia legal.


6. Ventajas prácticas del arraigo socioformativo

El nuevo arraigo socioformativo se está convirtiendo en una pieza central de las estrategias de regularización en 2025. Algunas de sus ventajas más claras:

  • Accesible para perfiles con bajo nivel de estudios
    Gracias a la educación de adultos y a los certificados de nivel 1, ya no es imprescindible tener un nivel académico alto.

  • Compatible con proyectos de vida realistas
    Permite diseñar itinerarios de formación progresivos, adaptados a las circunstancias personales y laborales de cada cliente.

  • Puente hacia otros permisos más estables
    Completada la formación y, en su caso, con contrato de trabajo, es posible transitar hacia autorizaciones de residencia y trabajo más estables.

  • Mayor seguridad jurídica
    La existencia de una Instrucción específica (SEM 1/2025) y de criterios claros reduce el margen de discrecionalidad arbitraria de las Oficinas de Extranjería.

  • Oportunidad para solicitantes de asilo denegados
    El reconocimiento del tiempo de asilo como permanencia genera una segunda oportunidad para miles de personas que, de otro modo, quedarían en situación de limbo.


7. ¿Qué recomendamos desde Polaris Extranjería?

Desde Polaris Extranjería, ante este nuevo escenario del arraigo socioformativo 2025, recomendamos:

  • Revisar tu tiempo de estancia real en España
    Incluyendo periodos como solicitante de asilo y otros títulos, para ver si ya cumples los años requeridos.

  • Analizar tu nivel formativo actual
    Y diseñar un itinerario realista: EPA / ESO para adultos, certificados de profesionalidad, cursos SEPE… No todos los estudios sirven igual para todos los perfiles.

  • Planificar antes de matricularte
    No te apuntes a cualquier curso “porque sí”: es importante que tu matrícula encaje con lo que valora Extranjería y con tus objetivos laborales.

  • Controlar antecedentes penales y policiales
    Antes de presentar un arraigo socioformativo, conviene revisar y, si procede, iniciar la cancelación de antecedentes para evitar futuras denegaciones.

  • Documentar bien tu integración
    Empadronamiento, participación en asociaciones, voluntariado, informes sociales… Todo suma para demostrar que tu arraigo en España es real.


8. Conclusión: una ventana de oportunidad que conviene aprovechar

El nuevo arraigo socioformativo no es solo un cambio de nombre: es una reforma estructural que permite que muchas personas que llevan años en España sin papeles o con procesos de asilo fallidos puedan, por fin, tener una hoja de ruta clara hacia la residencia legal.

Si encajas en alguno de estos perfiles:

  • Llevas 2 o más años en España,
  • Tuviste o tienes asilo y temes una denegación,
  • No tienes estudios o no terminaste la ESO,
  • Quieres formarte y mejorar tus opciones de empleo,

este nuevo mecanismo puede ser la pieza central de tu estrategia de regularización.


¿Hablamos sobre tu caso?

Cada expediente de arraigo socioformativo requiere un análisis detallado: años de estancia, antecedentes, trayectoria de asilo (si la hay), posibilidades de formación y futuros contratos.

En Polaris Extranjería estudiamos tu situación, diseñamos contigo el itinerario formativo más viable y preparamos tu solicitud de arraigo socioformativo con enfoque técnico y estratégico.

¿Quieres saber si puedes optar al nuevo arraigo socioformativo?

Analizamos tu tiempo en España, tus estudios y tu situación de asilo para trazar una estrategia de regularización a medida.

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