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Contratación en origen en España: guía 2025

GECCO 2025, requisitos, pasos, visado y llegada. Te explicamos cómo funciona la contratación en origen para empresas y personas trabajadoras extranjeras, con tiempos, documentos, plazos y respuestas a dudas frecuentes.

GECCO 2025, requisitos, pasos, visado y llegada. Te explicamos cómo funciona la contratación en origen para empresas y personas trabajadoras extranjeras, con tiempos, documentos, plazos y respuestas a dudas frecuentes.

Contratación en origen (también llamada GECCO: Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen) es el procedimiento de extranjería que permite a empresas en España incorporar personas trabajadoras extranjeras que todavía se encuentran en su país, con ofertas temporales o estables, de forma ordenada y legal.

En 2025 se articula a través de la Orden ISM/1488/2024, que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO 2025) y desarrolla el Reglamento de Extranjería.

En esta guía 2025 te contamos qué es, requisitos, pasos, documentación, plazos y cómo funciona el visado de trabajo y la llegada a España, tanto en programas de migración circular (campañas de temporada) como de migración estable. Si eres empresa o trabajador/a, aquí tienes el mapa completo.


Índice


1. ¿Qué es la contratación en origen (GECCO)?

La Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen (GECCO) regula cómo autorizar ofertas de empleo para contratar personas que se encuentran fuera de España, tramitando de forma colectiva múltiples autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.

En 2025 la orden GECCO prevé dos grandes modalidades:

  • Migración circular: campañas o actividades de naturaleza estacional o de temporada, con autorizaciones plurianuales (hasta 4 años) que permiten trabajar un máximo de 9 meses al año y obligan al retorno al país de origen tras cada campaña.
  • Migración estable: proyectos de contratación estable, con autorizaciones iniciales de residencia y trabajo de 1 año, renovables, para empleo continuado.

Suele utilizarse en sectores con necesidades estacionales (agrario, hostelería, servicios) y también para ofertas nominativas cuando la empresa propone a una persona concreta, además de ofertas genéricas que se gestionan con los servicios públicos de empleo.

Puntos clave:

  • Oferta de empleo colectiva presentada por la empresa española (de forma genérica o nominativa, individual o agrupada con otras empresas).
  • Autorización de residencia y trabajo o de residencia para actividades de temporada, tramitada por las Oficinas de Extranjería / Áreas de Trabajo e Inmigración.
  • Posterior visado nacional de trabajo por cuenta ajena en el Consulado de España en el país de origen.
  • Entrada en España, alta en Seguridad Social, firma de contrato e inicio de la relación laboral.
  • En migración circular, se fomenta la reincorporación en temporadas sucesivas y, tras varios años cumpliendo requisitos, puede abrir la puerta a una autorización de residencia y trabajo de 2 años.

2. Requisitos: empresa y persona trabajadora

Para la empresa (resumen):

  • Estar al corriente en AEAT y Seguridad Social.
  • Acreditar capacidad económica y organizativa, y necesidad de contratación (número de puestos, perfil, centro de trabajo).
  • Presentar una oferta colectiva que cumpla la orden GECCO 2025 (sector, provincia, cupos, número mínimo de puestos, modelos oficiales).
  • Contrato con condiciones ajustadas a convenio y oferta real (jornada, salario, categoría, alojamiento y manutención si aplica).
  • Cumplir plazos, modelos y documentación exigida en la convocatoria / orden GECCO.
  • Respetar, cuando proceda, la situación nacional de empleo o las condiciones de la previsión anual (ocupaciones y provincias autorizadas).

Para la persona trabajadora (resumen):

  • Pasaporte vigente y documentación que exija el Consulado (formularios, certificados, fotos, etc.).
  • Ausencia de antecedentes penales relevantes y de prohibiciones de entrada en España o el espacio Schengen.
  • No residir ni hallarse en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
  • Firmar, en migración circular, el compromiso de retorno al país de origen al finalizar cada campaña (requisito obligatorio).
  • Compromiso de cumplir el contrato y respetar las condiciones de trabajo.
  • En su caso, aportar la documentación requerida para alojamiento y seguro médico si no los cubre íntegramente la empresa.

Si aún no cumples condiciones para trabajar, revisa rutas para obtener residencia: Estancia por estudios (y su modificación a residencia), Residencia por arraigo o Reagrupación familiar.


3. Procedimiento paso a paso

  1. Planificación de la empresa
    Definir perfiles, puestos, número de personas, centros de trabajo y calendario (campaña de temporada o migración estable).

  2. Presentación de la oferta
    La empresa presenta la oferta de empleo (nominativa o genérica) y la documentación de soporte ante el Área de Trabajo e Inigración / Oficina de Extranjería competente, usando los modelos oficiales GECCO 2025.

  3. Autorización administrativa
    Si se aprueba, se emite autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (migración estable) o autorización de residencia y trabajo para actividades de temporada (migración circular), normalmente para un conjunto de personas trabajadoras.

  4. Visado en Consulado
    Con la autorización, la persona trabajadora tramita el visado nacional de trabajo por cuenta ajena (GECCO) en el Consulado de España de su país de origen o de residencia, aportando la autorización y los documentos de visado requeridos.

  5. Entrada en España y alta
    A la llegada a España, se realiza el alta en Seguridad Social, se formaliza el contrato (si no lo estaba ya) y se produce el inicio de la relación laboral.
    En autorizaciones de más de seis meses, la persona trabajadora deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde el alta.

  6. Final de campaña o periodo inicial

    • En migración circular: retorno obligatorio al país de origen, con acreditación del regreso en los plazos fijados, y posibilidad de reincorporación en futuras campañas (incluyendo concatenación de campañas dentro del máximo anual de 9 meses).
    • En migración estable: posibilidad de prórroga o renovación de la autorización si se mantienen las condiciones.

4. Calendario, cupos y plazos

  • Cada año se aprueba una orden ministerial GECCO que fija cupos, sectores, provincias y condiciones (en 2025, la Orden ISM/1488/2024).
  • Sectores comunes: agrario (recolección, frutos rojos, vendimia, etc.), industria agroalimentaria, hostelería y servicios con picos estacionales.
  • La orden distingue entre migración circular (campañas de temporada, hasta 9 meses de trabajo al año) y migración estable (empleo continuado con autorizaciones de un año, renovables).

Plazos clave habituales:

  • Presentación de ofertas: antes del inicio previsto de la campaña o incorporación, respetando los plazos que marca la orden y la Oficina de Extranjería.
  • Resolución de autorizaciones: plazo general de varios meses, dependiendo de carga de trabajo administrativa y complejidad del proyecto.
  • Citas y resolución de visados de trabajo: el Consulado suele contar con un mes para resolver desde la recepción de la autorización y la solicitud completa.
  • Recogida del visado y entrada en España: normalmente hay un plazo limitado para recoger el visado y otro para entrar en España (suele ser de unos meses desde la expedición).

Consejos prácticos para empresas:

  • Presenta la oferta con mucha antelación y con documentación muy completa (contratos, alojamientos, seguros, memoria organizativa).
  • Prevé alojamiento y logística (si el sector lo exige) y coordina los desplazamientos colectivos de ida y de regreso.
  • Designa una persona de contacto para incidencias consulares, coordinación de visados de trabajo y gestión del viaje.
  • Coordina el proceso con tu asesoría de extranjería y, si aplica, con organizaciones agrarias o empresariales que ya tengan experiencia en GECCO.

5. Documentación necesaria

Empresa (orientativo):

  • Modelo de oferta GECCO y contratos detallados (jornada, salario, duración, categoría, centro de trabajo).
  • Anexos oficiales a los contratos (modelos de la orden) firmados por la empresa y, cuando proceda, por la persona trabajadora.
  • Justificante de medios (capacidad económica y organizativa, memoria o plan de producción / campaña).
  • Certificados de estar al corriente con AEAT y TGSS.
  • Plan de prevención de riesgos laborales y, si procede, alojamiento (contratos de arrendamiento, informe municipal, etc.).
  • En migración circular, previsión de alojamiento adecuado y cobertura de seguro médico desde la salida del país de origen hasta el alta en Seguridad Social.

Persona trabajadora (orientativo):

  • Pasaporte en vigor y formularios de visado nacional.
  • Fotografías tipo pasaporte.
  • Certificados que exija el Consulado (antecedentes penales de los últimos años, certificado médico, etc.).
  • Autorización de residencia y trabajo remitida por la empresa y copia del contrato de trabajo.
  • En migración circular, compromiso de retorno que se firma como parte del expediente.
  • Billete o plan de viaje y, en su caso, documentación de alojamiento o desplazamiento colectivo, según el programa.

Revisa siempre la lista del Consulado que te corresponda: puede variar según país, y la documentación exacta para el visado de trabajo por contratación en origen puede cambiar de un año a otro.


6. Visado, viaje y llegada a España

  • Con la resolución favorable de la autorización de residencia y trabajo, el Consulado emite el visado nacional de trabajo por cuenta ajena en el marco de la contratación en origen (GECCO).
  • La empresa suele coordinar calendario de viaje, alojamiento (si aplica) y la llegada de las personas trabajadoras, en ocasiones mediante desplazamientos colectivos.
  • A la llegada a España:
    • Alta en Seguridad Social y firma de la documentación laboral.
    • Entrega de EPIs y formación en prevención de riesgos laborales cuando corresponde.
    • Información sobre condiciones de trabajo, horarios, descansos, alojamiento y canales de queja o incidencias.
    • En contratos de duración superior a seis meses, cita para la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).

7. Después de la campaña: renovaciones y futuras contrataciones

En campañas estacionales se fomenta la fidelización del personal para próximas temporadas, siempre que se haya cumplido el compromiso de retorno y el resto de requisitos. Muchas empresas utilizan GECCO para contar cada año con el mismo equipo de personas trabajadoras.

Con el nuevo marco de extranjería 2024–2025:

  • Las personas con autorizaciones de actividades de temporada que hayan trabajado durante varios años y hayan cumplido todos los requisitos (incluido el retorno) pueden, en determinados supuestos, acceder a una autorización de residencia y trabajo de 2 años, sin necesidad de nuevo visado, si cumplen las condiciones generales (oferta de empleo, alta en Seguridad Social, etc.).
  • Para migración estable, la autorización inicial de 1 año puede ser prorrogable y renovable, permitiendo consolidar una situación de residencia y trabajo continuada en España.

Si quieres estabilizar tu situación en España a medio plazo, revisa estas vías:


8. Trámites relacionados


9. Preguntas frecuentes

¿Qué es GECCO exactamente?
Es la Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen: el marco de extranjería que permite a empresas contratar en el país de origen a personas trabajadoras extranjeras mediante ofertas colectivas, autorizaciones de residencia y trabajo y posterior visado de trabajo.

¿Cuáles son los requisitos para la contratación en origen?
Para empresas: solvencia económica, estar al corriente con AEAT / TGSS, contrato conforme a convenio colectivo, sector y provincia autorizados por la orden GECCO, y respeto de la situación nacional de empleo cuando proceda.
Para personas trabajadoras: pasaporte, documentos consulares (antecedentes, médico, fotos), no tener impedimentos de entrada ni prohibición de regreso, no encontrarse en España en situación irregular y firmar, en migración circular, el compromiso de retorno.

¿Cuánto tarda el proceso?
Depende de los plazos administrativos (Oficina de Extranjería) y de citas consulares para el visado. Lo prudente es planificar con varios meses de margen antes del inicio de la campaña o de la incorporación.

¿Puedo postularme de forma individual?
La contratación en origen no funciona como un portal de empleo abierto: suele partir de una oferta de la empresa y de procesos de selección canalizados a través de servicios públicos de empleo y acuerdos bilaterales.
Si buscas trabajar en España de forma individual, explora estudios, arraigo, visado de trabajo por cuenta ajena u otras autorizaciones de residencia y trabajo.

¿Hay cupos o sectores preferentes?
Sí. Las órdenes GECCO fijan cupos anuales, sectores (agrario, agroalimentario, hostelería, servicios, etc.) y, en su caso, programas piloto con determinados países, además de los requisitos de alojamiento, retorno y plazos.

¿Qué diferencia hay entre migración circular y migración estable en GECCO 2025?

  • En migración circular, las autorizaciones son plurianuales y permiten trabajar hasta 9 meses al año en actividades de temporada, con retorno obligatorio al país de origen tras cada campaña.
  • En migración estable, se tramitan autorizaciones de residencia y trabajo de 1 año, renovables, para empleo continuado, sin obligación de retorno al terminar el contrato (si se mantiene la situación de residencia legal).

10. ¿Hablamos?

¿Eres empresa y quieres tramitar ofertas de contratación en origen? ¿Eres trabajador/a y necesitas orientación? Nuestro equipo gestiona GECCO, visados de trabajo y documentación de extranjería para empresas y personas trabajadoras.

¿Necesitas tramitar contratación en origen?

Te acompañamos en todo el proceso: oferta, autorización, visado y llegada.

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